APOYO JURÍDICO
Reglamento de Propiedad Horizontal
Propiedad Horizontal
Propiedad horizontal se refiere al conjunto de normas que regulan la división y organización de diversos inmuebles de un edificio o de un terreno común.
En sí la propiedad horizontal es un régimen que reglamenta la forma en que se divide un bien inmueble y la relación entre los propietarios de los bienes privados y los bienes comunes de un terreno o edificio. La propiedad horizontal permite la organización de los copropietarios y el mantenimiento de los bienes comunes.
Este régimen de propiedad horizontal también se aplica a las unidades inmobiliarias cerradas y se refiere al conjunto de edificios, casas y demás construcciones donde cada una de sus instalaciones comunes comparten elementos de estructura y construcción, de circulación, recreación, reunión, instalaciones técnicas, zonas verdes y de disfrute visual; cuyos propietarios participan proporcionalmente en el pago de expensas comunes, tales como los servicios públicos comunitarios, vigilancia,
mantenimiento y mejoras.
La característica de las unidades inmobiliarias cerradas es la manera de ingresar a estos conjuntos inmobiliarios ya que se encuentra restringido el acceso por un confinamiento y controles de ingreso y aunque no son propiedad horizontal funcionan dentro de la misma ley por tener la característica fundamental de compartir bienes comunes y ejercer sobre ellos acciones tales como: uso, goce, disfrute y disposición.
Junto con el inmueble, la opción de propiedad horizontal incluye un porcentaje de propiedad sobre los elementos comunes de todos los propietarios. Tales elementos se consideran necesarios para el adecuado uso y goce de los propietarios o residentes, y la cuota que exista sobre ellos es completamente inherente a la propiedad del inmueble, siendo inseparable de ésta.
La propiedad horizontal es una mezcla de propiedad individual y copropiedad. No es una empresa, una sociedad, no es una entidad con ánimo de lucro.
LEY 27157 – Ley de Propiedad Horizontal
Que nos dice la ley:
Regula las edificaciones en el procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y el Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común
La Ley 27157 contempla las acciones a realizar para el saneamiento de la titulación y de unidades inmobiliarias en las que se comparten bienes inmuebles o muebles de propiedad exclusiva y de propiedad común, como departamentos en edificios, quintas, casas en copropiedad, centros y galerías comerciales o campos feriales, otras unidades.
Esta ley es la base de las normas y reglamentos a cumplirse desde el inicio de obras de una edificación hasta la culminación del proyecto, transcurrido este primer proceso y al existir co-propietarios se debe establecer decretos a cumplirse estableciendo los derechos y deberes entre los propietarios y/o residentes de un bien de propiedad horizontal o de unidades inmobiliarias cerradas.
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En AE prestamos algunos servicios muy útiles para todos los propietarios, realizables sin necesidad de contratar un paquete de servicios.
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Gestión de RUC como junta de propietarios
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